El texto –lo suficientemente claro como para agregarle palabra alguna– es el siguiente.
Estimado Sr. Lucho Bordegaray:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con el objeto de responder la inquietud que como ciudadano interesado en el quehacer teatral, Ud. planteara en su consultado blog, respecto al incremento de una partida presupuestaria de personal del Instituto Proteatro.
Sin mas preliminares pasamos a detallar lo que estimamos es un mal entendido: Sucede que seis empleados del Instituto se encontraban prestando servicios a través de contratos de locación que no figuraban en la partida de personal, sino que sus honorarios se reflejaban en una partida de contrataciones mas genérica del Ministerio, por efecto del proceso de efectivización laboral de esas personas que trabajaban desde hace años en Proteatro, dichos honorarios pasaron a ser sueldos que se reflejaron en la partida que Ud. comenta.
Podrá Ud., luego de esta aclaración, notar que es imposible que las nueve personas que trabajan en la administración del Instituto, puedan verse reflejadas en una partida de $ 38.000 anuales, estaríamos hablando de sueldos de aprox. $ 325, sin contar los descuentos propios del régimen laboral.
Es importante destacar que, salvo el Director Ejecutivo y el Director Administrativo, los otros siete Directores desarrollan su actividad en forma ad-honorem y sólo reciben una retribución en concepto de viáticos de $ 500 por mes. Dado que tal monto se encuentra establecido por el Decreto Nº 845 del año 2000, se ha presentado un proyecto de Decreto modificatorio para elevar esa suma, el cual aún no ha sido dictado, por otra parte le informamos que sólo el Director Ejecutivo y el Director Administrativo perciben honorarios por su función y siendo estas retribuciones resorte del Ministerio de Cultura, estimamos que es el aumento al que se refirió el Ministro cuando realizó el anuncio respectivo, el cual se ha verificado oportunamente.
Sin más, y quedando a su disposición, saludamos a Ud. muy atte.
Directorio de Proteatro
0 comentarios:
Publicar un comentario
*** Para publicar un comentario, NO USES ESTE FORMULARIO, pues no aparecerá. Seguí las instrucciones que se encuentran arriba, a la derecha, bajo el título "LINKEATE y/o COMENTÁ", y así será publicado.
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.